¿Cómo influye el RGPD en el sector de la videovigilancia?

La vigilancia por vídeo supone un ClickDatos. Por tanto, debe ajustarse a los principios que establece la normativa sobre protección de datos. Pero, ¿cómo influye el RGPD en la videovigilancia exactamente? Te lo contamos.

La LOPD en la videovigilancia

Cuando tratas imágenes mediante distintos sistemas de captación con fines de seguridad, debes valorar tanto la legitimación para utilizar dichos sistemas como los principios que nos limitan la finalidad de los datos. También, debes tener en cuenta que los datos que recojas deben ser minimizados, de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento Europeo de Protección de Datos y la LOPD en videovigilancia.

Son varias las actuaciones necesarias para que los tratamientos se adapten completamente al RGPD. Queremos analizar contigo los aspectos más relevantes, de acuerdo con el principio de responsabilidad proactiva.

La legitimación en la videovigilancia

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) nos desarrolla todos los aspectos que podemos ver tasados en el artículo 6 del reglamento. Uno de los más importantes es el permiso para el tratamiento cuando este sea necesario para cumplir una misión de acuerdo con el interés público.

Si tienes en cuenta que el objetivo principal de la videovigilancia es garantizar la seguridad de las personas, así como de los bienes y las instalaciones, puedes encontrar la legitimación del tratamiento en el interés público mencionado. Así, puedes encontrarlo expresado en los informes de la AEPD con respecto a la legitimación.

El principio de proporcionalidad en la vigilancia por vídeo

El Reglamento Europeo de Protección de Datos dispone que los datos que recogemos deben tener unos fines determinados. En base a este principio puedes encontrar limitada la finalidad. Además, a ello se añade que la información personal no será tratada ulteriormente de forma incompatible con estos fines.

Por tanto, si instalas una cámara, deberás utilizar los datos que obtengas con su uso únicamente para el objetivo que te ha llevado a instalarla. A su vez, deberá estar dirigida tan solo a garantizar la seguridad de tus bienes, de tus instalaciones y sobre todo, de las personas que se encuentran en ellas. Hay todo tipo de regulaciones según los establecimientos donde las instales o para tu vivienda.

Si a lo que te hemos mencionado hasta ahora le añades el principio de minimización de los datos, recogido en el artículo 5 del RGPD, tendremos el principio de proporcionalidad. Los datos personales deberán no solo limitarse a lo necesario, sino también ser adecuados y pertinentes.

Existen espacios donde el uso de la videovigilancia podría ser desproporcionada. Por ejemplo, si la instalas en vestuarios, cuartos de baños o taquillas. También, en un spa, la instalación de una videocámara tiene una regulación delicada.

La responsabilidad proactiva en la videovigilancia

El mismo artículo 5 del que te hemos hablado recoge el concepto de la responsabilidad proactiva como principio fundamental del tratamiento de datos personales. Pero ¿en qué consiste?

La responsabilidad proactiva es tu capacidad como responsable de poder demostrar las medidas que impone el RGPD para garantizar tratamientos adecuados y proporcionados. Algunas de estas medidas son el registro de actividades de tratamiento, el análisis de riesgos, así como medidas varias de seguridad.

También, es importante que hagas una evaluación de impacto en la protección de datos y que refuerces la privacidad mediante una regulación desde el diseño y por defecto. Lo que sí debes saber, es que todas las medidas no son obligatorias en cada caso, sino que depende de la relación que tengas como encargado o responsable con la otra parte o de la conservación de imágenes, entre otros factores.

Relaciones entre encargados y responsables del tratamiento de imágenes

Si hay otra persona que pueda acceder a las imágenes de la cámara, el acceso tendrá que estar regulado a través de un contrato o acto jurídico. Es decir, que como responsable no puedes permitir que nadie se haga cargo de las imágenes de tu cámara, salvo acto con arreglo al Derecho Europeo.

Si llevas a cabo un contrato del modo que te hemos señalado, tendrás que añadir cuál es el objeto, el fin, la naturaleza y la duración del mismo. La persona que ahora tiene acceso será el encargado.

El encargado de tratamiento de datos que elijas deberá tener garantías suficientes para el mantenimiento y la implantación de las medidas técnicas y organizativas adecuadas y respetuosas con el RGPD. Por tanto, existe un deber de diligencia a la hora de que selecciones al responsable.

Conservación de las imágenes

El plazo máximo será de un mes. La excepción es que haya un supuesto por el cual deba conservarse para demostrar la comisión de actos que vayan en contra de la integridad de las personas, de las instalaciones o de los bienes.

Derechos de los afectados

Las personas grabadas pueden ejercitar sus derechos ante el responsable o encargados. De lo que te estamos hablando es de los famosos derechos ARCO (acceso, rectificación, supresión y oposición). Sin embargo, estos derechos pueden matizarse en el sector de la videovigilancia.

Por la naturaleza de la videovigilancia en sí, debemos aclararte que los derechos ARCO se refieren a la cancelación cautelar. Esta se refiere a los derechos de rectificación y de oposición.

Comunicación a terceros sobre las imágenes

En la videovigilancia, es común que no haya consentimiento para el tratamiento de estas imágenes, aunque sí un aviso a las personas que están siendo grabadas. Cuando las imágenes tienen como destinatario a los Tribunales, la comunicación es una obligación legal, de acuerdo con el art. 236 de la LO 6/1985, de julio, del Poder Judicial.

Por último, debemos aclarar que si las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad solicitan imágenes para prevenir un peligro real, para reprimir una infracción penal o para garantizar la seguridad pública, la legitimación se recoge en el RGPD.

En conclusión, para saber cómo influye el RGPD en la videovigilancia debemos tener en cuenta numerosos aspectos. No obstante, aquí tienes los más importantes para que si vas a instalar una cámara en tu empresa, vivienda u otro edificio, sepas qué papel te corresponde como encargado o responsable, y cómo adecuarte al RGPD.

Cómo influye la LOPD y el RGPD en el sector de la videovigilancia

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