El derecho de supresión de datos y el derecho al olvido suelen confundirse muy a menudo. Realmente, existen diferencias entre ellos, pero el grueso de la población e incluso las empresas los confunden.
Por este motivo, en este artículo vamos a explicarte las diferencias que hay entre ambos, de forma que puedas diferenciarlos para ejercer y cumplir cada uno como es debido.
Hemos de destacar, antes de entrar en materia, que el derecho a la supresión y el derecho a la portabilidad son dos nuevos derechos reconocidos por el Reglamento General de Protección de Datos. Por tanto, conocerlos será muy positivo para la adaptación necesaria de las empresas a esta nueva normativa.
Derecho de supresión de datos: qué es
El derecho de supresión, a grandes rasgos, viene a ser una versión renovada y reforzada del derecho de cancelación, que es el que se aplicará hasta el 25 de mayo de 2018, cuando el RGPD entre en vigor.
Para entender los cambios, primero, has de entender en qué consiste el derecho de cancelación.
Aproximación al actual, por poco tiempo, derecho de cancelación
Debes tener claro que el derecho de cancelación se enmarcaba como una de las manifestaciones que asegurarían la calidad de los datos en el artículo 4 de la LOPD.
Este permitía a los usuarios llevar a cabo una petición de bloqueo de estos datos. Esta petición podía justificarse en tres supuestos:
– Que los datos fuesen inexactos, estuviesen desactualizados o fuesen incompletos.
– Que ya no fuesen necesarios para la finalidad por la que se registraron.
No obstante, aquí debes tener en cuenta el pequeño y, a la vez, gran matiz de que estos datos serían bloqueados, pero no borrados. Es decir, que se procedería a congelar estos datos, pero no se eliminarían. Por el contrario, estos se mantendrían hasta que se cumpliese el tiempo establecido en los términos y condiciones para su almacenamiento.
Normalmente, este tiempo de conservación suele ser de seis años, a excepción de aquellas disposiciones específicas para según qué empresas o actividades.
Derecho de supresión, según el RGPD
Según el nuevo Reglamento, este derecho será una nueva manifestación del consentimiento. Es decir, tendremos derecho a pedir que las compañías eliminen nuestros datos, siempre que el tratamiento de estos se base en nuestro consentimiento.
Así pues, mientras que, anteriormente, los usuarios podían negarse a que sus datos fueran tratados, a partir de ahora, podrán exigir su eliminación. Por tanto, las empresas no podrán mantener congelados los datos de sus clientes, sino que deberán deshacerse de ellos, si esta es su voluntad.
Click aquí para más información de la AEPD sobre el derecho de supresión.
Derecho al olvido: qué es
El derecho al olvido es otra arma con la que cuentan los usuarios a la hora de limitar el tratamiento de sus datos. Este derecho, según la propia Agencia Española de Protección de Datos, es la manifestación de los derechos de cancelación y oposición en el marco de los buscadores de Internet.
Esta opción se establece para que una persona pueda impedir que se difundan sus datos en Internet cuando estos no cumplen con los requisitos de la normativa. Así pues, si en Internet se encuentran los datos desactualizados o no tienen relevancia ni interés público, el dueño de esos datos puede, perfectamente, ejercer su derecho al olvido.
No obstante, la información no desaparecerá de Internet.
¿Qué efectos tiene el ejercicio de este derecho?
Básicamente, lo que la persona podrá conseguir es que, cuando en un buscador se introduzca su nombre, no aparezcan aquellas fuentes que tienen información no adecuada a la LOPD.
Sin embargo, estas páginas no se eliminarán ni podrán suprimirse de la web. Por tanto, en el caso de que se busquen otros términos relacionados con el contenido, la página seguirá apareciendo.
De esta manera, como puedes observar, lo único que hace este derecho es eliminar la relación de resultados entre el nombre de una persona y las fuentes que aparecen. Sin embargo, esta información seguirá en Internet y aparecerá al utilizar otros términos.
Responsabilidad de los buscadores en la protección de datos
Realmente, en un primer momento, Google trató de eludir la responsabilidad que se le otorgaba con los datos personales y alegó que su central se encontraba en California. Sin embargo, la Unión Europea consiguió que se le obligase a adecuarse a las diferentes normativas europeas.
Así pues, para poder entender el funcionamiento y la aplicación del derecho al olvido, es fundamental entender cuál es la responsabilidad de los buscadores en todo este asunto.
En primer lugar, debes tener claro que los buscadores indexan continuamente todo tipo de datos. No obstante, lo hacen a través de las diferentes webs, las redes sociales y los foros, por lo que su responsabilidad es limitada.
De esta manera, solo son responsables de estos datos personales si estos se mantienen en la memoria caché, no o acatan los códigos de exclusión o no cumplen alguna de las normas técnicas que se requieran.
Debes pensar que la finalidad de los motores de búsqueda como Google, Yahoo o Mozilla es permitir el acceso a la información. Por tanto, culpar a estos motores por lo que otras páginas han indexado y cargarles a ellos la responsabilidad está totalmente fuera de lugar.
Por tanto, como podrás entender, ejercer este derecho es un primer paso antes de ejercer el derecho a la supresión relacionado con las diferentes páginas que publican información errónea, desactualizada o incompleta.
Adecuación a la LOPD y al RGPD
Como has podido observar, la adaptación a estos derechos y su conocimiento, garantía y ejercicio son cada vez más necesarios. Por este motivo, puede resultar enriquecedor, en ciertos casos, acudir a expertos en la LOPD que puedan orientar acerca de las medidas que se pueden tomar para garantizar el cumplimiento de estos derechos en tu empresa.
De hecho, el total entendimiento y la diferenciación entre el derecho a la supresión de datos y derecho al olvido es lo principal para asegurarnos de que nuestra empresa se encuentra dentro del marco actual de legalidad. Así como del marco futuro que empezará a aplicarse a partir del mes de mayo.