Existen diversas leyes encaminadas a proteger la integridad de las personas. Entre estas, sobresalen las referentes a la protección de datos personales, que evitan que se difunda información sin la debida autorización. Ahora bien, en este contexto surge la siguiente pregunta: ¿Qué datos puede pedirte una empresa y cómo debe tratarlos? Veamos
Datos específicos protegidos de los trabajadores
De acuerdo a la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales, los trabajadores tienen derecho a que sus datos personales sean protegidos y, por lo tanto, que no se divulguen sin su consentimiento. De hecho, la normativa vigente no solamente especifica los datos que debe proteger la empresa, sino también aquellos que no debe solicitar.
En la práctica, puede ocurrir que en una entrevista de trabajo la empresa solicite que el candidato revele información personal, aún antes de siquiera contratarlo. De hecho, en este sentido, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales indica claramente que la empresa no está autorizada a pedir ciertos datos ciertos datos durante el proceso de selección. Por ejemplo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) multó a la empresa multinacional Amazon por poner en riesgo de forma muy grave la intimidad de los candidatos a sus puestos de trabajo. Esto fue originado porque Amazon exigió el certificado de antecedentes penales a los postulantes. Entonces, sin haber un contrato de por medio, no estaba autorizada la empresa para dicha exigencia.
¿Por qué surgió la denuncia y posterior multa en este caso? Pues bien, la Ley Orgánica de Protección de Datos, o LOPD, indica claramente que una empresa no puede solicitar el certificado de antecedentes penales si no está autorizado legalmente para hacerlo. Aún en caso que esté autorizada, sólo podrá solicitarlo para ciertas vacantes, como para los puestos de seguridad privada, fuerzas del orden público o vacantes de cuidado de menores.
Cómo deben tratar las empresas los datos protegidos
Existen algunos datos que sí pueden solicitar las empresas, pero deben recibir un tratamiento especial. Son datos especialmente protegidos. Si deseas saber exactamente cuáles son, consulta con un abogado especializado.
En cualquier caso, no está obligado el candidato a un puesto de trabajo a permitir el acceso a su perfil de las redes sociales a los posibles empleadores. Esto incluye las peticiones de «amistad» con la única finalidad de verificar su contenido.
Un aspecto adicional se relaciona con los justificantes médicos que el empleado presenta a la empresa. Estos deben ser destruidos inmediatamente después que hayan cumplido su propósito. De esta forma, se garantiza la confidencialidad del historial clínico del trabajador.
Sin embargo, la empresa sí está autorizada a controlar la información contenida en los correos electrónicos de las cuentas empresariales. Para que esto sea válido, el trabajador debe ser notificado previamente al respecto. Algo similar ocurre con la grabación de audio y video, que debe realizarse únicamente bajo previa notificación de la empresa y por motivos claramente justificables.
Adicionalmente, a causa de la firma de un contrato de trabajo, la empresa tendrá información personal del trabajador. En ese contexto, deberá tratar los datos de forma interna, sin autorización para cederla a terceros. Si la empresa desea compartir los datos, deberá informarle a la persona afectada y si ésta lo aprueba, deberá hacerlo por escrito. Por último, las empresas no están autorizadas a obligar a sus empleados a revelar información referente a su afiliación sindical, religiosa e ideología. En cualquier caso, siempre es recomendable contar con la asesoría de un abogado laboral.