¿Cómo hay que proceder con los datos especialmente protegidos?

En este texto nos vamos a ocupar de explicarte todas las características de los datos especialmente protegidos, que, como su propio nombre indica, requieren una especial atención por parte de las personas y organizaciones que manejen ficheros de datos personales. Personas y organizaciones que trabajen tanto en el sector público como en el privado.

Has de tener en cuenta que todas las informaciones personales que se introduzcan en ficheros deberán ser protegidos con las máximas garantías, que son las que regula la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD). En este sentido, el documento de seguridad de la LOPD se ha revelado como un instrumento clave a la hora de salvaguardarlos.

Por consiguiente, no te costará deducir que los datos susceptibles de una mayor protección contarán con mayores garantías reguladas por esta normativa. Así que, a continuación, vamos a informarte acerca de la naturaleza de estos datos y cómo han de ser tratados por quienes tienen acceso a ellos.

¿Qué datos considera la LOPD como dignos de especial protección?

La normativa de referencia deja claro, desde un primer momento, que estos datos solo pueden ser recopilados con el consentimiento expreso por parte de las personas a quienes pertenecen. Por lo tanto, su recogida siempre tendrá un componente de voluntariedad.

A nivel general, nos referimos a datos que tienen que ver con cuestiones ideológicas, sindicales, raciales y sexuales. Asimismo, también se enmarcan en esta categoría los datos relacionados con infracciones asociadas al ámbito de la intimidad de la persona.

Además de la denominación con la que te hemos presentado estos datos, también pueden ser llamados sensibles y han sido definidos en el artículo 7 de la LOPD. En resumidas cuentas, se trata de datos vinculados a los Derechos Fundamentales y las Libertades Públicas de los individuos, pero también a su intimidad.

Por lo tanto, la importancia de estos datos que te estamos recalcando implica que tengan que ser protegidos mediante medidas de seguridad de mayor rigor. Y es que, en la línea de los niveles de protección que establece la LOPD para los datos personales, a los de especial protección les corresponde el alto.

Recuerda que la normativa general de protección de datos estipulaba tres niveles para las adaptaciones pertinentes de sus garantías: básico, medio y alto. En este sentido, los datos del nivel básico son los meramente identificativos (nombre y apellidos, domicilio postal e imágenes detectadas por las cámaras de video vigilancia) y los de nivel medio se relacionaban, por ejemplo, con ciertas informaciones económicas o relativas al comportamiento.

Por su parte, los datos que requieren un nivel de protección alto, por el riesgo que comporta para el particular su filtración extramuros de los ficheros, son los que te hemos citado en el segundo párrafo de este apartado.

Por otro lado, la LOPD establece una subdivisión, en el marco de los datos de nivel alto, por bloques. Vamos, en las siguientes líneas, a repasarla y justificarla.

Para empezar, tenemos que reseñarte los datos ideológicos, sindicales y asociados a las cuestiones de fe. Solo podrán ser recopilados mediante un consentimiento expreso y por escrito de los particulares. Por otra parte, los que inciden en informaciones raciales, sexuales y de salud solo podrán ser recogidos si existe una finalidad propia del interés general respaldada por una ley y tras haberse obtenido el consentimiento explícito por parte de las personas en cuestión.

Sin embargo, has de tener en cuenta la existencia de diversas excepciones, como la que sucede cuando algún técnico del sector de la sanidad o profesional que deba guardar secreto profesional tenga que intervenir por motivos preventivos, de asistencia o relacionados con un tratamiento. En un sentido distinto, pero con una finalidad que también ejerce de límite, has de valorar que cualquier fichero en el que se haga acopio de datos como los citados en el párrafo anterior solo podrá ser creado con una finalidad explícita y justificada y no por mero almacenamiento.

Como tercer bloque de los datos de nivel alto y protegidos, hemos de destacar los propios de las infracciones administrativas y penales. Por ejemplo, los casos de multas de tráfico y violencia de género. Pese a que pueden ser considerados como de un rango menor que los antes reseñados, has de saber que solo van a poder ser almacenados en ficheros por parte de las Administraciones Públicas y en una serie de supuestos exclusivos.

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Para el final de nuestro análisis, hemos dejado los particulares métodos de protección de esta categoría de datos. De controlar sus vulneraciones se encarga la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las multas que puede poner por las infracciones al respecto pueden llegar a alcanzar los 600.000. De todas maneras, también hemos de aclarar que hay tipos de sanciones muy distintas incluso por un mismo fallo, como no inscribir un fichero.

En cuanto a las distintas sanciones que pueden hacerse efectivas, podemos destacar que acopiar datos y realizar su tratamiento sin recabar el consentimiento expreso o cuando no existan leyes que faculten para ello son acciones que pueden comportar multas de entre 300.000 y 600.000 euros.

Por otro lado, no olvides que revelar secretos relativos a las informaciones patrimoniales, financieras, penales o asociadas a infracciones administrativas que se hayan conocido a partir del tratamiento de estos datos está tipificado como una infracción grave. En consecuencia, las sanciones a estos efectos pueden oscilar entre 60.000 y 300.000 euros. Y es que has de ser consciente de que la revelación de estos datos personales puede servir para que terceros realicen evaluaciones de la personalidad de un individuo, lo cual puede llegar a ser muy perjudicial para sus intereses.

Asimismo, serán consideradas infracciones muy graves las que consisten en no haber guardado la confidencialidad acerca de datos ideológicos, sindicales, religiosos, raciales, sexuales y propios de la salud. Las sanciones, en estos casos, irían desde 300.000 a 600.000 euros.

En definitiva, vale la pena que aprendas a identificar los datos especialmente protegidos y respetes al máximo su privacidad.


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