¿Cómo se aplica la LOPD en el ámbito de las redes sociales?

Con el auge de las redes sociales en Internet, los negocios actuales están cambiando mucho. La red ha hecho que el comercio esté mucho más externalizado y todos estemos mucho más comunicados: proveedores y clientes.

Ahora, el mundo del comercio funciona de manera diferente, ya que a través de Internet se realiza incluso una gestión de la empresa de tipo económico. Incluso se realizan a través de Internet las infraestructuras logísticas, hecho que podría suponer un riesgo en la protección de datos de los consumidores.

La protección de datos en las redes sociales

En primer lugar, debemos hacer una diferenciación en relación con la interpretación de la LOPD. Y es que esta ley no cabe aplicarla en el ámbito doméstico. Es decir, toda la información que tú adquieres en las redes sociales a través de lo que publican tus amigos está excluido de los aspectos a los que la Ley 15/1999 hace referencia.

Distinto es que te registres en una red social como una empresa. Una empresa se entiende que se registra en las redes sociales con ánimo de lucro. Por tanto, en este caso la LOPD sí es aplicable al procedimiento que hay que seguir. Una consultoría de protección de datos te podrá dar la seguridad de dicho cumplimiento, evitándote las graves sanciones que se recogen en la normativa.

La consultoría de protección de datos en las redes de comunicación

Son los propios clientes los que demandan a las empresas más formas de comunicarse que aquellas que son puramente tradicionales. Por ello, las redes de comunicación en Internet son la herramienta más rápida, útil y eficaz a la hora de llegar hasta los clientes. Una consultoría de protección de datos te asesorará en todos los procedimientos necesarios a seguir.

En la actualidad, no queda duda de que en la relación entre las empresas y los clientes a través de Internet aparecerán numerosas ventajas para la entidad. No obstante, hay varios aspectos que pueden resultar enrevesados sin el asesoramiento experto de una consultoría de protección de datos y que, además, no podemos dejar atrás.

En primer lugar, las empresas responden a lo que los clientes desean a través del social media. Pues bien, para satisfacer a la generación actual de nativos digitales es necesario seguir las medidas correspondientes de seguridad. En los tratamientos tiene una gran relevancia el consentimiento y, a su vez, mostrar los fines detallados para los que se van a usar los datos. Un asesoramiento profesional será también fundamental en este punto.

Por otro lado, las empresas ahorran tiempo y dinero. Si atiendes a tus clientes a través de la red, no solo lo haces de manera más personalizada e inmediata, sino que también habrás de tener en cuenta que el cliente ha solicitado de forma expresa la información que le ofreces. Lo mismo ocurre con los mensajes privados que le envíes.

Tu imagen deberá tener la mayor transparencia posible de acuerdo con lo expresado en la LOPD, ya que eso supone una gran garantía para los consumidores, además de ofrecer una imagen más preocupada por los clientes. Otro aspecto que has de tener en cuenta es la información que una empresa puede conseguir en Internet.

En las redes publicamos de todo y eso hace que las empresas recaben más datos con el fin de realizar una publicidad más personalizada. No obstante, en este sentido, debe tenerse cuidado de no vulnerar la protección de datos en la LOPD.

Cumplimiento de la LOPD en las redes

El movimiento de las redes sociedades modernas en Internet tiene determinados requisitos en relación a la protección de datos. Los aspectos que debemos señalar van desde los más básicos hasta los mayores detalles. Hay numerosas obligaciones impuestas por la LOPD que también se recogen en el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, próximamente en vigor.

En primer lugar, debemos señalar que es obligatorio para todas las empresas notificar la existencia de todos los ficheros que se tengan automatizados. Es decir, la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD) debe conocer las creaciones de todas las bases de datos.

Además, tendrás que redactar las cláusulas de la protección de datos personales, así como la política existente en cuanto a la privacidad. Y también llevar a cabo la aprobación de las medidas de seguridad, aprobación que deberá llevarse a cabo por quien sea el responsable del fichero.

Otra redacción que tendrás que llevar a cabo es el documento de seguridad de la empresa. En él tendrás que incluir las medidas de seguridad que debes cumplir. Es importante decir también que la LOPD, así como el nuevo reglamento, incluyen el derecho de los titulares de los derechos a su acceso, rectificación, cancelación y oposición. Estos aparecen en relación con sus datos personales.

En cuanto a la problemática de recoger fotos o datos de los clientes con los que trabajes o bien de menores, necesitarás un consentimiento previo explícito e informado. Si están implicados menores de 14 años, tendrán que hacerlo sus tutores legales o padres.

¿Qué información debe darse a los titulares previamente al consentimiento de acuerdo con la Ley 15/1999?

Tus clientes tendrán que saber los pormenores de la recogida de sus propios datos, así como el objetivo de la recopilación de los mismos, las consecuencias que van a tener estos datos y la posibilidad de ejercitar sus derechos ARCO.

Por último, tendrán derecho a conocer también el nombre y la dirección del responsable de las bases de datos o ficheros automatizados. El principio fundamental que tiene que seguir tu empresa en la protección de datos de los clientes es el de proporcionalidad.

Asimismo, el responsable tendrá que ser capaz de probar el consentimiento de los titulares de los datos personales. Un aspecto destacable es que se podrá dar desde las mismas redes sociales, aunque también se podrá obtener fuera de ellas. Lo fundamental del asunto es la inclusión de una correcta y adecuada política de privacidad. Esta tendrá que abarcar los tratamientos que quieras llevar a cabo con los datos de los clientes.


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