¿Representan los bitcoins un problema para la protección de datos?

La blockchain es una revolución tecnológica en la actualidad. En esta cadena digital de bloques es en la que podemos encontrar establecidas las bases de las bitcoins. Contiene enlaces encadenados y con ellos podemos crear registros permanentes.​

Consiste en un registro inmutable que además es permanente, por lo que podría colisionar con el derecho al olvido de la LOPD, ya que no permite borrar o modificar. La ventaja es que de este modo se asegura la detección inmediata de cualquier intento de fraude.

Gracias a la blockchain resulta posible que podamos almacenar una gran cantidad de datos que estarán ordenados cronológicamente. Los cuales, como hemos dicho, no se podrán ni modificar ni revisar. No obstante, nos permite que sea posible la utilización de una red que es pública.

De este modo, el control y la auditoría nos podrá asegurar que en la información que se nos proporciona haya transparencia. Esto impide los intentos existentes de pirateo en las criptomonedas.

Las aplicaciones de la blockchain y el bitcoin

Satoshi Nakamoto fue el creador de la revolucionaria tecnología del blockchain. Si bien se utiliza para más criptomonedas, la más famosa de ellas es el bitcoin. En ella, además, quedarán registradas todas las transacciones que hagas con respecto a la criptomoneda.

Blockchain permite que podamos realizar transacciones de forma segura con otro particular. Además, no necesitarás intermediario para realizarlo, lo cual te puede permitir ahorrar.

Las principales aplicaciones que puedes encontrar en esta tecnología es que desaparece la cuestión del doble gasto. Así se evitarán falsificaciones. A su vez, te permite descentralizar pagos electrónicos y hacerlo de forma segura desde una vía electrónica.

Sin embargo, las transacciones no se pueden borrar y es este el principal problema que surge con respecto a la protección de datos.

Como ciudadanos, todos tenemos derecho al olvido, lo cual lo podemos englobar en el artículo 18.4 de la Constitución cuando se nos habla del buen uso de la informática con garantía del derecho al honor y a la privacidad. Por ello, en el ámbito de la protección de datos este sistema podría vulnerar dicho derecho.

Otras aplicaciones para las que podemos utilizar la blockchain, además de en las criptomonedas, son los registros de nombres en bases de datos o sus usos como notarios distribuidos. También, para crear contratos inteligentes o smart contracts y en el Internet de las cosas para conectar dispositivos entre sí, transfiriendo datos.

Notas sobre su regulación en la LOPD

La regulación sobre la blockchain es aún escasa, ya que es una tecnología muy novedosa. Además, como podemos encontrar en ella múltiples usos, es habitual que nos topemos con vacíos legales que destaquen la necesidad de que surjan nuevos marcos jurídicos.

En la Unión Europea la primera regulación que podemos observar es la armonización en la fiscalidad de las transacciones. Lo cual se realizó porque aunque en algunos países se consideraba el bitcoin dinero digital, en otros, tan solo se nos presentaba como una mercancía sujeta a IVA.

Fue a partir de 2015 cuando surgió esta regulación. El Tribunal de Justicia de la UE estableció que tendríamos que considerar las transacciones como dinero digital. Eso sí, estamos hablando a nivel europeo, ya que por ejemplo en Estados Unidos aún no hay pronunciación al respecto.

La siguiente regulación a nivel europeo es la prevención de fines ilícitos. Es aquí donde se nos presenta la tecnología del blockchain para evitar intercambios anónimos de criptomonedas o financiaciones ilegales. Si bien no todo son ventajas, al colisionar con nuestro derecho a la protección de datos.

¿Es incompatible la blockchain con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos?

Como te hemos señalado en otros párrafos, el principal problema a debatir es que al ser la tecnología blockchain inmutable, surge un problema con nuestro derecho al olvido.

Cuando queremos solicitarlo y proceder a la eliminación de nuestros datos en las transacciones con criptomonedas necesitamos el consentimiento de ambas partes. Por tanto, sería posible que tuviéramos problemas a la hora de ejercitarlo.

Mayor problema surge desde mayo, ya que este derecho aparecerá reforzado en el nuevo RGPD. Además, según los expertos, cuando quisiéramos eliminar nuestros datos se tendría que reconstruir la cadena. Esto supondría un esfuerzo inmenso.

Posibles soluciones al problema del blockchain y la protección de datos

La primera de ellas podría ser que cada país europeo limitara nuestro derecho al olvido en esta tecnología o bien, crear cadenas editables. Igualmente, pese a las soluciones que se nos plantean, aún tendremos que esperar al desarrollo práctico del RGPD en el ámbito de las criptomonedas para conocer una respuesta.

La solución que se nos propone para casar la LOPD con dicha tecnología es que en la creación de las mencionadas cadenas editables se mantenga el cifrado. De este modo, lo que se pretende es que haya una autoridad, un administrador que pueda modificar los registros cuando sea necesario.

Este método se ha llamado Hash Camaleón y varía los hash que podemos encontrar en la blockchain de forma habitual. Ya que lo frecuente es que sea un resumen único de cada dato, expresado de forma criptográfica. Por tanto, con el sistema actual no se pueden cambiar estos hash.

El problema que ha surgido con respecto a la solución que acabamos de señalar es que esta cambiaría la esencia en sí que tiene la tecnología blockchain. Ya que hoy en día, no necesitamos ningún tipo de intermediario para proceder al registro de nuestros datos en el sistema.

No obstante, otro punto de vista ha sido que un blockchain que sea posible editar se adaptaría perfectamente a la nueva LOPD y solucionaría todas las controversias iniciales. Además, ahora las empresas y los bancos podrían respetar todos los límites referentes a la privacidad.

En conclusión, el objetivo inicial del RGPD y de la nueva LOPD es que los usuarios de la red estemos protegidos en el uso de los datos que las entidades hacen en Internet. Por ello, en el ámbito de las bitcoins y de las criptomonedas, el derecho al olvido es lo que más nos va a generar debate.


Estaremos encantados de hablar contigo

Somos ClickDatos Seguridad de la Información SL. Consulte sus derechos y el tratamiento de sus datos en nuestra Política de Privacidad
Scroll al inicio